Es la etapa procesal de un juicio donde se ejecuta la sentencia, esto se lleva a cabo mediante una audiencia de remate, el juzgado saca a la venta los bienes, en este caso inmuebles, que se embargan, para en caso de incumplido a la sentencia, se vendan y el producto de la venta sea utilizado para que el acreedor recupere lo adeudado, nuestro servicio es consolidar la información y asesorar sobre el proceso, los remates no son de nuestra propiedad.
No, siempre acreditamos que realmente el inmueble está a la venta.
Claro, pero en este caso quien la saca a la venta el inmueble es el acreedor, a raíz del incumplimiento del pago de la hipoteca, todo esto mediante una orden judicial emitida por el juez competente del juzgado encargado del asunto.
Solamente se puede ver por fuera, ya que en la mayoría de los casos los deudores viven dentro de las propiedades, en calidad de depositarios del bien inmueble, consientes del proceso judicial que se está llevando en su contra, ya que por ley el juzgado le tiene que notificar en persona al deudor del proceso judicial que se está llevando contra de él.
Exclusivamente de contado y tiene que ser exhibido en una sola exhibición por medio de un cheque certificado, certificado de depósito o efectivo.